Protección de datos
La Ley Orgánica de Protección de Datos exige a empresas y profesionales el cumplimiento de diversas obligaciones para garantizar el derecho fundamental de las personas a preservar su intimidad.
Ello se traduce en las siguientes acciones:
- Estudiar los flujos de información internos y externos para determinar y describir los ficheros de datos. Declaración e inscripción de los mismos en la Agencia Española de Protección de Datos.
- Elaborar el Documento de Seguridad que plantea las medidas a realizar para garantizar el cumplimiento de la Ley.
- Redactar las cláusulas jurídicas que han de acompañar a cualquier tipo de medio que recoja datos de carácter personal.
- Redactar los anexos a todo tipo de contratos realizados por la empresa.
- Elaborar los contratos de encargo de tratamiento de datos derivados de la prestación de servicios de un tercero a tu empresa.
- Redactar el aviso legal de los diversos medios telemáticos que la empresa posee: web, correo electrónico, etc.
- La Ley exige, en la mayoría de las ocasiones, una auditoria bienal obligatoria que garantice la actualización y cumplimiento de la misma.
Alcalá Asesores confirma la importancia de lo expuesto, ya que el incumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos tiene unas consecuencias sancionadoras muy importantes: la norma española es seguramente la más estricta de Europa. La Agencia Española de Protección de Datos, a instancia de parte o de oficio, puede establecer las siguientes infracciones:
- Leves, de 600,01 a 60.101,21 €.
- Graves, de 60.101,21 a 300.506,05 €.
- Muy graves, de 300.506,05 a 601.012,10 €.