Protección de datos

La Ley Orgánica de Protección de Datos exige a empresas y profesionales el cumplimiento de diversas obligaciones para garantizar el derecho fundamental de las personas a preservar su intimidad.

Ello se traduce en las siguientes acciones:

  • Estudiar los flujos de información internos y externos para determinar y describir los ficheros de datos. Declaración e inscripción de los mismos en la Agencia Española de Protección de Datos.
  • Elaborar el Documento de Seguridad que plantea las medidas a realizar para garantizar el cumplimiento de la Ley.
  • Redactar las cláusulas jurídicas que han de acompañar a cualquier tipo de medio que recoja datos de carácter personal.
  • Redactar los anexos a todo tipo de contratos realizados por la empresa.
  • Elaborar los contratos de encargo de tratamiento de datos derivados de la prestación de servicios de un tercero a tu empresa.
  • Redactar el aviso legal de los diversos medios telemáticos que la empresa posee: web, correo electrónico, etc.
  • La Ley exige, en la mayoría de las ocasiones, una auditoria bienal obligatoria que garantice la actualización y cumplimiento de la misma.

Alcalá Asesores confirma la importancia de lo expuesto, ya que el incumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos tiene unas consecuencias sancionadoras muy importantes: la norma española es seguramente la más estricta de Europa. La Agencia Española de Protección de Datos, a instancia de parte o de oficio, puede establecer las siguientes infracciones:

  • Leves, de 600,01 a 60.101,21 €.
  • Graves, de 60.101,21 a 300.506,05 €.
  • Muy graves, de 300.506,05 a 601.012,10 €.